El plazo de reembolso de las aportaciones no
podrá exceder de 5 años a partir de la fecha de baja. Las cantidades pendientes de reembolso darán
derecho a percibir el interés legal del dinero, que deberá abonar anualmente con, al menos, una
quinta parte del capital social.
Categoría: General
Sectores a los que se dirige: